Mario Scevola, secretario de hacienda municipal |
Con más de 5200 planes de regularización de deudas, avanza la moratoria 2013 impulsada por el Gobierno Local con el objetivo de que los vecinos puedan regularizar su deuda con el Municipio.
Cabe recordar que el Gobierno Local dispuso la prórroga del plazo establecido para el acogimiento de los contribuyentes al régimen de consolidación y regularización fiscal, conjuntamente con derechos y demás tasas que con ellas se liquiden, y contribuciones de mejoras municipales, establecidas en la ordenanza 6426, durante el período que media desde el día 1 de enero hasta el 28 de febrero de 2014.
Los reiterados pedidos de los contribuyentes solicitando tener más plazos para acogerse al régimen de facilidades para el pago, indujo al Gobierno Local a prorrogar este régimen de financiamiento para que todos los que deseen regularizar sus deudas lo puedan hacer con normalidad. Interesantes posibilidades ofrece el Gobierno Local para los contribuyentes que por diferentes situaciones se hayan atrasado en el pago de las tasas.
Sobre esta moratoria, el Secretario de Economía Mario Scévola sostuvo que "estamos muy conformes con la moratoria ya que llevamos 5300 planes adoptados por los vecinos para regularizar su situación. Observamos que se está repitiendo lo del año anterior, porque los vecinos que no tienen mucha deuda, son los que están regularizando su situación. Son deudas chicas y por tal motivo, pueden regularizar su estado con esta moratoria. La moratoria está dentro de lo que pensábamos y tiene un período de vigencia ahora hasta el 28 de febrero".
Planes de pago para la Moratoria 2013
Para las tasas: Tasa por Limpieza y Conservación de la Vía Pública Municipal, Tasa por Servicios Sanitarios, Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, Derecho de Construcción, Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, Contribuciones por mejoras.
- Pago hasta en 6 cuotas: 100% condonación de recargos establecidos en el inciso a del art. 33° de la Ordenanza Fiscal Vigente.
- Pago entre 7 y 12 cuotas: 60% condonación de recargos establecidos inciso a) del art. 33° de la Ordenanza Fiscal Vigente.
-Pagos entre 13 y 24 cuotas, se aplicara una tasa de interés efectiva mensual del dos por ciento (2%)
Para las tasas: Patente de Rodados, Impuesto a los Automotores, Ley 13010 y Ley 13155, Derechos de Usos de Playas y Riberas, Movimiento de Micros, Alquileres, Deudas Individuales.
-Pago hasta en 3 cuotas: 100% condonación de recargos establecidos en el inciso a del art. 33° de la Ordenanza Fiscal Vigente.
-Pago entre 4 y 12 cuotas: 60% condonación de recargos establecidos inciso a) del art. 33° de la Ordenanza Fiscal Vigente.
-Pagos entre 13 y 24 cuotas, se aplicara una tasa de interés efectiva mensual del dos por ciento (2%)
Para las multas emitidas por los Juzgados de Faltas I y II cada plan de pagos podrá tener hasta 12 cuotas mensuales y consecutivas. En todos los casos el pago mínimo de la cuota de cada plan de pago no podrá ser inferior a pesos cincuenta ($ 50, 00). Para el caso que el infractor quiera abonar de contado (una cuota) el importe total de la multa, obtendrá una bonificación del 20%.