Desde la Oficina Municipal de Información al Consumidor se dieron conocer una serie de pasos y detalles a tener en cuenta por afiliados en el momento de tener que efectuar reclamos a obras sociales.
1) Realizar el reclamo ante su obra social
Por teléfono: Pidiendo el número de reclamo
Por Internet: También anotando el número de reclamo
Por Carta Documento
Por Nota Firmada, Solicitando su constancia de recepción
2) Denuncia a la Superintendencia de Servicios de Salud.
Nacional: Para el caso que la Obra Social sea nacional, no responda su reclamo en un tiempo prudencial, en caso de urgencia médica es un (1) día, lo rechace o lo conteste con evasivas y restringiendo de alguna manera su derecho, Ud. deberá concurrir a formular la denuncia ante la Superintendencia Servicios de Salud de la Nación.
Provincial: En el caso que sea una Obra Social Provincial, deberá canalizar el reclamo en el Ente de Control Provincial o el Ministerio de Salud.
* Cortes de cobertura parciales * Falta de cobertura* Incumplimiento en la cobertura prestacional
En el caso de encontrarse ante la oposición de cualesquiera de los obstáculos usuales referidos, por parte de Agentes del Seguro de Salud que se encuentren obligados a la prestación de medicamentos o insumos (salvo en el caso de Empresas de Medicina Prepaga), se podrá reclamar:
1) Ante negación de prestación que se encuentre contemplada en el PMO, interponiendo reclamo administrativo ante la correspondiente delegación de la Superintendencia de Servicios de Salud (en adelante SSS), mediante el uso del formulario Tipo “B” (Res. SSS 75/98 B); para bajar formulario presione aquí, debera tener adobe acrobat instalado en su computador: http://www.sssalud.gov.ar/reclamos/archivos/07598b.pdf
2) Ante negación de la prestación, invocándose como impedimento el ser otro el obligado a la misma, de la misma forma que en el apartado anterior y también del reclamo administrativo ante el supuesto obligado, por medio de la utilización del formulario Tipo “A” (Res. SSS 75/98 A); para bajar formulario presione aquí, debera tener adobe acrobat instalado en su computador:http://www.sssalud.gov.ar/reclamos/archivos/07598a.pdf
3) En caso de resistirse a la debida prestación, por tener dificultades financieras, de la misma forma que en el apartado 1) y/o mediante acción judicial.
En todos los casos debe presentar la siguiente documentación:
* D.N.I., original y copia
* Carnet de la Obra Social, original y copia
* Comprobante del Número CUIT/CUIL, original y copia
* Tres últimos Recibos de Haberes/Haberes Jubilatorios/Pagos Monotributo/Cuota adherente, original y copia
* Diagnóstico Médico, original y copia
* Prescripción Médica con Orientación Prestacional señalada por el médico tratante de la Obra Social, original y copia
* Toda otra documental que haga a su derecho, original/es y copia
* Si realiza el envío a través del correo postal deberá enviar fotocopias autenticadas por la autoridad administrativa, policial o judicial que corresponda
1) Realizar el reclamo ante su obra social
Por teléfono: Pidiendo el número de reclamo
Por Internet: También anotando el número de reclamo
Por Carta Documento
Por Nota Firmada, Solicitando su constancia de recepción
2) Denuncia a la Superintendencia de Servicios de Salud.
Nacional: Para el caso que la Obra Social sea nacional, no responda su reclamo en un tiempo prudencial, en caso de urgencia médica es un (1) día, lo rechace o lo conteste con evasivas y restringiendo de alguna manera su derecho, Ud. deberá concurrir a formular la denuncia ante la Superintendencia Servicios de Salud de la Nación.
Provincial: En el caso que sea una Obra Social Provincial, deberá canalizar el reclamo en el Ente de Control Provincial o el Ministerio de Salud.
* Cortes de cobertura parciales * Falta de cobertura* Incumplimiento en la cobertura prestacional
En el caso de encontrarse ante la oposición de cualesquiera de los obstáculos usuales referidos, por parte de Agentes del Seguro de Salud que se encuentren obligados a la prestación de medicamentos o insumos (salvo en el caso de Empresas de Medicina Prepaga), se podrá reclamar:
1) Ante negación de prestación que se encuentre contemplada en el PMO, interponiendo reclamo administrativo ante la correspondiente delegación de la Superintendencia de Servicios de Salud (en adelante SSS), mediante el uso del formulario Tipo “B” (Res. SSS 75/98 B); para bajar formulario presione aquí, debera tener adobe acrobat instalado en su computador: http://www.sssalud.gov.ar/reclamos/archivos/07598b.pdf
2) Ante negación de la prestación, invocándose como impedimento el ser otro el obligado a la misma, de la misma forma que en el apartado anterior y también del reclamo administrativo ante el supuesto obligado, por medio de la utilización del formulario Tipo “A” (Res. SSS 75/98 A); para bajar formulario presione aquí, debera tener adobe acrobat instalado en su computador:http://www.sssalud.gov.ar/reclamos/archivos/07598a.pdf
3) En caso de resistirse a la debida prestación, por tener dificultades financieras, de la misma forma que en el apartado 1) y/o mediante acción judicial.
En todos los casos debe presentar la siguiente documentación:
* D.N.I., original y copia
* Carnet de la Obra Social, original y copia
* Comprobante del Número CUIT/CUIL, original y copia
* Tres últimos Recibos de Haberes/Haberes Jubilatorios/Pagos Monotributo/Cuota adherente, original y copia
* Diagnóstico Médico, original y copia
* Prescripción Médica con Orientación Prestacional señalada por el médico tratante de la Obra Social, original y copia
* Toda otra documental que haga a su derecho, original/es y copia
* Si realiza el envío a través del correo postal deberá enviar fotocopias autenticadas por la autoridad administrativa, policial o judicial que corresponda