Un proyecto de ordenanza regularía el tratamiento de los residuos producidos en comercios e industrias
Es una iniciativa del concejal Marcelo García. Se establece multas para infracciones previstas en el proyecto. Detalles y fundamentos de la medida.
El concejal Marcelo García (Concertación Plural) presentó un proyecto de ordenanza para el retiro en origen de los residuos sólidos reciclables originados en comercios e industrias como autoservicios, supermercados, hipermercados, casa de venta y/o depósitos de electrodomésticos, casa de venta y/o depósitos de materiales eléctricos, corralones de materiales, casa de venta y/o depósitos de sanitarios y sus accesorios, venta de motos en todas sus cilindradas, imprentas, venta y/ depósitos de baterías de automotores, camiones, etc., venta de neumáticos y/o gomerías, comercios o Industrias y fabricación de artículos en: plástico, cartón, aluminio, madereras y carpinterías, industrias textiles y/o confeccionistas además de todo otro rubro que sea incluido por el Departamento Ejecutivo tanto en comercio como en industria.
Los materiales que deben ser retirados según lo contemplado en este proyecto de ordenanza son plásticos, cartón, madera, aluminio, hierro, cobre, plomo, caucho, papel, corcho, vidrio, rezagos textiles y otros elementos que también serán incluidos por el Ejecutivo.
La recolección de los residuos en los comercios e industrias "será obligatorio -señala el artículo 4 de la iniciativa de García- no pudiendo los sujetos obligados retirar de los mismos estos tipos de residuos, siendo pasible de las sanciones que se impondrán en esta ordenanza".
A su vez, el artículo 5 del proyecto al que tuvo acceso JUNINDIGITAL, establece que "el retiro de los residuos sólidos reciclables dados por la presente se realizará en días y horas indicados por el Poder Ejecutivo y/o la Secretaria que designe pudiéndolo hacer por si o por medio de terceros contratados al efecto" mientras que "el Departamento Ejecutivo podrá solicitar la creación de una tasa especial con destino al sistema de recolección y tratamiento integral de residuos sólidos reciclables" (Art. 6).
INFRACCIONES
La disposición en estudio establece infracciones .artículo 7-: "La sanción por incumplimiento de esta ordenanza, será de multa, clausura, o en forma concomitante la de multa y clausura" y el "poder de policía será por Inspección del Municipio, pudiendo ser de la Secretaría de Inspección General, o por la Secretaria y área que disponga el Poder Ejecutivo, y/o la repartición que se cree al efecto" (Art. 8).
Las multas irán de mínimo tres sueldos del escalafón municipal administrativo categoría 2, para personas físicas, hasta doce sueldos del mismo escalafón; cinco sueldos del escalafón municipal administrativo categoría 2, para personas Jurídicas, hasta quince sueldos del mismo escalafón.
Las multas se deberán abonar dentro de los días de su notificación, en caso de no pago en plazo establecido habiendo quedado firme, se adicionará un 1% diario por cada día de incumplimiento sobre el valor de la multa, hasta su efectivo pago.
"En caso de reincidencia las multas podrán ser incrementadas hasta en un 50% del máximo dado en el Artículo 9" (Art. 11).
FUNDAMENTOS
El concejal García considera que "el avance en materia de cantidad de residuos sólidos reciclables producidos en nuestra ciudad y la problemática planteada desde el origen de los mismos hasta su tratamiento final, siendo la tendencia a generar el reciclado de materiales arrojados como basura en forma directa a la planta del relleno sanitario, siendo a su vez que han proliferado basurales a cielo abierto, se debe aportar en materia legislativa con una normativa que amortigüe el impacto en la generación de residuos sólidos reciclables".
Agrega que "la separación de residuos sólidos tiene amplios beneficios desde la separación en origen, se puede aportar desde sectores comerciales e industriales donde se generan desechos reciclables con potencial para reducir el envío a fosas comunes de los rellenos sanitarios, siendo a su vez sumamente aprovechables en cuanto al valor agregado para el tratamiento final y venta para reciclado", a la vez que hace notar que "hay comercios e industrias que generan residuos sólidos totalmente reciclables y específicos lo cual debe ser aprovechado a los fines de ir generando la separación en origen en el sector comercial o industrial".
"Generar un sistema de recolección en este sentido con días y horas programadas, retiradas en los comercios e industrias que se encuentren incluidas en esta ordenanza y con ello se optimizan los procesos de selección y separación de los distintos materiales reciclables", sostuvo García al fundamentar su iniciativa destacando además que "se ahorra de esta forma un paso en cuanto a la separación si se llevará en forma directa a la cava o foso de un relleno sanitario donde allí se produce la contaminación y la degradación de los materiales aprovechables para el reciclado".
Hizo notar que "el sistema de recolección de residuos sólidos comerciales e industriales aporta a la menor cantidad de residuos estacionados en la vereda de los frentes de los comercios e industrias por lo tanto disminuye la contaminación que puedan generar los mismos residuos como también la contaminación visual" y que "este aporte de retiro en origen de los residuos sólidos reciclables en los comercios e industrias es parte de darle valor agregado como paso primario al sistema integral de destino y tratamiento final de este tipo de residuos".
El concejal Marcelo García (Concertación Plural) presentó un proyecto de ordenanza para el retiro en origen de los residuos sólidos reciclables originados en comercios e industrias como autoservicios, supermercados, hipermercados, casa de venta y/o depósitos de electrodomésticos, casa de venta y/o depósitos de materiales eléctricos, corralones de materiales, casa de venta y/o depósitos de sanitarios y sus accesorios, venta de motos en todas sus cilindradas, imprentas, venta y/ depósitos de baterías de automotores, camiones, etc., venta de neumáticos y/o gomerías, comercios o Industrias y fabricación de artículos en: plástico, cartón, aluminio, madereras y carpinterías, industrias textiles y/o confeccionistas además de todo otro rubro que sea incluido por el Departamento Ejecutivo tanto en comercio como en industria.
Los materiales que deben ser retirados según lo contemplado en este proyecto de ordenanza son plásticos, cartón, madera, aluminio, hierro, cobre, plomo, caucho, papel, corcho, vidrio, rezagos textiles y otros elementos que también serán incluidos por el Ejecutivo.
La recolección de los residuos en los comercios e industrias "será obligatorio -señala el artículo 4 de la iniciativa de García- no pudiendo los sujetos obligados retirar de los mismos estos tipos de residuos, siendo pasible de las sanciones que se impondrán en esta ordenanza".
A su vez, el artículo 5 del proyecto al que tuvo acceso JUNINDIGITAL, establece que "el retiro de los residuos sólidos reciclables dados por la presente se realizará en días y horas indicados por el Poder Ejecutivo y/o la Secretaria que designe pudiéndolo hacer por si o por medio de terceros contratados al efecto" mientras que "el Departamento Ejecutivo podrá solicitar la creación de una tasa especial con destino al sistema de recolección y tratamiento integral de residuos sólidos reciclables" (Art. 6).
INFRACCIONES
La disposición en estudio establece infracciones .artículo 7-: "La sanción por incumplimiento de esta ordenanza, será de multa, clausura, o en forma concomitante la de multa y clausura" y el "poder de policía será por Inspección del Municipio, pudiendo ser de la Secretaría de Inspección General, o por la Secretaria y área que disponga el Poder Ejecutivo, y/o la repartición que se cree al efecto" (Art. 8).
Las multas irán de mínimo tres sueldos del escalafón municipal administrativo categoría 2, para personas físicas, hasta doce sueldos del mismo escalafón; cinco sueldos del escalafón municipal administrativo categoría 2, para personas Jurídicas, hasta quince sueldos del mismo escalafón.
Las multas se deberán abonar dentro de los días de su notificación, en caso de no pago en plazo establecido habiendo quedado firme, se adicionará un 1% diario por cada día de incumplimiento sobre el valor de la multa, hasta su efectivo pago.
"En caso de reincidencia las multas podrán ser incrementadas hasta en un 50% del máximo dado en el Artículo 9" (Art. 11).
FUNDAMENTOS
El concejal García considera que "el avance en materia de cantidad de residuos sólidos reciclables producidos en nuestra ciudad y la problemática planteada desde el origen de los mismos hasta su tratamiento final, siendo la tendencia a generar el reciclado de materiales arrojados como basura en forma directa a la planta del relleno sanitario, siendo a su vez que han proliferado basurales a cielo abierto, se debe aportar en materia legislativa con una normativa que amortigüe el impacto en la generación de residuos sólidos reciclables".
Agrega que "la separación de residuos sólidos tiene amplios beneficios desde la separación en origen, se puede aportar desde sectores comerciales e industriales donde se generan desechos reciclables con potencial para reducir el envío a fosas comunes de los rellenos sanitarios, siendo a su vez sumamente aprovechables en cuanto al valor agregado para el tratamiento final y venta para reciclado", a la vez que hace notar que "hay comercios e industrias que generan residuos sólidos totalmente reciclables y específicos lo cual debe ser aprovechado a los fines de ir generando la separación en origen en el sector comercial o industrial".
"Generar un sistema de recolección en este sentido con días y horas programadas, retiradas en los comercios e industrias que se encuentren incluidas en esta ordenanza y con ello se optimizan los procesos de selección y separación de los distintos materiales reciclables", sostuvo García al fundamentar su iniciativa destacando además que "se ahorra de esta forma un paso en cuanto a la separación si se llevará en forma directa a la cava o foso de un relleno sanitario donde allí se produce la contaminación y la degradación de los materiales aprovechables para el reciclado".
Hizo notar que "el sistema de recolección de residuos sólidos comerciales e industriales aporta a la menor cantidad de residuos estacionados en la vereda de los frentes de los comercios e industrias por lo tanto disminuye la contaminación que puedan generar los mismos residuos como también la contaminación visual" y que "este aporte de retiro en origen de los residuos sólidos reciclables en los comercios e industrias es parte de darle valor agregado como paso primario al sistema integral de destino y tratamiento final de este tipo de residuos".