"Para nosotros como fiscales fue muy gratificante el acompañamiento de las víctimas, que tuvieron una excelente consideración hacia la Fiscalía", destacó el funcionario judicial.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de La Plata condenó en Junín a los siete acusados por crímenes de lesa humanidad cometidos en el circuito represivo que funcionó en Junín, provincia de Buenos Aires, durante la última dictadura cívico-militar. El ex jefe del área militar 131, Ángel José Gómez Pola, y el ex comisario de la seccional 1ª, Abel Oscar Bracken, recibieron prisión perpetua, mientras que el ex oficial de inteligencia policial Francisco Silvio Manzanares y el ex médico policial Aldo Antonio Chiachietta fueron condenados a 25 años de prisión.
Las penas impuestas se completan con 18 años de prisión para los ex oficiales Miguel Ángel Almirón y Julio Ángel Esterlich y de 15 años de prisión para el ex oficial Edgardo Mastandrea. Las condenas fueron impuestas por unanimidad de los tres jueces, quienes disintieron en algunos de los montos de las penas.
El TOCF N°1 condenó en los términos del Código Penal por los delitos de homicidio -sólo en los casos de Gómez Pola y Bracken- privación ilegal de la libertad y tormentos, y acudió a la normativa internacional para marcar respecto de todos los acusados "su complicidad en el genocidio perpetrado durante la última dictadura cívico militar 1976-1983, al intervenir en la lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo, y en el sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que han acarreado su destrucción física, total o parcial". En los casos de Gómez Pola y Bracken, la fórmula utilizada por los jueces además destacó su intervención "en la matanza de miembros de un grupo nacional".
Los jueces Pablo Vega, César Álvarez y Carlos Rozanski dieron a conocer el veredicto, luego de una larga jornada en la que expusieron los defensores de los acusados. Los seis ex policías y el ex militar tuvieron, antes del veredicto, la oportunidad de expresar las últimas palabras previo a que los jueces dieran a conocer el resultado del debate.
Mastandrea obtuvo el repudio del público que colmó el Salón de la Democracia de la Universidad del Noroeste cuando en su corta intervención afirmó: “Quiero agradecer a la ciudad de Junín por darle la espalda a este juicio, por su ausencia bien marcada”.
Las penas impuestas por el Tribunal fueron en línea con las solicitadas el viernes pasado por los fiscales de la Unidad platense que interviene en crímenes de terrorismo de Estado, Hernán Schapiro y Juan Martín Nogueira. Las únicas diferencias estuvieron en las sentencias a Almirón y Esterlich (los fiscales habían pedido 23 y 19 años, respectivamente), y en la de Mastandrea, a quien habían solicitado una condena de 23 años.
"Hay que leer los fundamentos, para conocer las razones, porque lo único que de alguna manera se aparta de lo que pidió la fiscalía es la condena de Mastandrea", adelantó Schapiro. El fiscal general se manifestó "muy conforme con el fallo y con el juicio". "Fue un proceso diáfano. Para nosotros como fiscales fue muy gratificante el acompañamiento de las víctimas, que tuvieron una excelente consideración hacia la Fiscalía", destacó.
Los jueces, además, le dictaron prisión preventiva a Mastandrea, quien había llegado excarcelado a juicio y fue detenido al comienzo del debate por aplicación de la ley procesal que permite al tribunal aplicar esa medida para garantizar la presencia del acusado en juicio. Los magistrados también revocaron la prisión domiciliaria de Bracken, Almirón y Chiachietta, y confirmaron que Gómez Pola continuará la detención en su casa.
El veredicto, de 29 puntos, incluyó el resto de los requerimientos de la Fiscalía en su acusación del viernes: los jueces ordenaron solicitar a los poderes Ejecutivo provincial y nacional la exoneración de la Policía bonaerense y del Ejército de los siete condenados y a la suspensión del goce de toda jubilación, pensión o retiro; exhortaron a los poderes públicos a la instalación de sitios de memoria en los lugares donde funcionaron centros clandestinos de detención; comunicaron el fallo al Colegio Médico de la Provincia de Buenos Aires y a otros en los que estuviera inscripto Chiachietta, "a fin de que procedan de acuerdo con los mecanismos legales y reglamentarios pertinentes para la aplicación de las sanciones que correspondan"; y dispusieron la remisión de testimonios a la Fiscalía Federal de Junín para que investigue a otras personas mencionadas por las víctimas y testigos en las audiencias.
Además, el Tribunal dispuso la remisión a la instancia de instrucción del testimonio de una víctima para que se investiguen los delitos sexuales que denunció durante su declaración en el debate.
La lectura de los fundamentamos fue diferida para el próximo jueves 26 de febrero, en la sede del TOCF N°1, en La Plata.
Los hechos que llegaron a juicio -que afectaron a 24 víctimas- son parte de un circuito de represivo ilegal que estuvo compuesto por la comisaría 1ª de Junín, la Unidad N°13 del Servicio Penitenciario Provincial, que en aquella época estaba en construcción; el Destacamento o Puesto de Vigilancia de la localidad de Morse, que dependía de la comisaría 1ª de Junín, y la Unidad Regional VIII de la Policía bonaerense, que era la jefatura de las comisarías de la zona y fue sede de la delegación regional de la DIPBA.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de La Plata condenó en Junín a los siete acusados por crímenes de lesa humanidad cometidos en el circuito represivo que funcionó en Junín, provincia de Buenos Aires, durante la última dictadura cívico-militar. El ex jefe del área militar 131, Ángel José Gómez Pola, y el ex comisario de la seccional 1ª, Abel Oscar Bracken, recibieron prisión perpetua, mientras que el ex oficial de inteligencia policial Francisco Silvio Manzanares y el ex médico policial Aldo Antonio Chiachietta fueron condenados a 25 años de prisión.
Las penas impuestas se completan con 18 años de prisión para los ex oficiales Miguel Ángel Almirón y Julio Ángel Esterlich y de 15 años de prisión para el ex oficial Edgardo Mastandrea. Las condenas fueron impuestas por unanimidad de los tres jueces, quienes disintieron en algunos de los montos de las penas.
El TOCF N°1 condenó en los términos del Código Penal por los delitos de homicidio -sólo en los casos de Gómez Pola y Bracken- privación ilegal de la libertad y tormentos, y acudió a la normativa internacional para marcar respecto de todos los acusados "su complicidad en el genocidio perpetrado durante la última dictadura cívico militar 1976-1983, al intervenir en la lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo, y en el sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que han acarreado su destrucción física, total o parcial". En los casos de Gómez Pola y Bracken, la fórmula utilizada por los jueces además destacó su intervención "en la matanza de miembros de un grupo nacional".
Los jueces Pablo Vega, César Álvarez y Carlos Rozanski dieron a conocer el veredicto, luego de una larga jornada en la que expusieron los defensores de los acusados. Los seis ex policías y el ex militar tuvieron, antes del veredicto, la oportunidad de expresar las últimas palabras previo a que los jueces dieran a conocer el resultado del debate.
Mastandrea obtuvo el repudio del público que colmó el Salón de la Democracia de la Universidad del Noroeste cuando en su corta intervención afirmó: “Quiero agradecer a la ciudad de Junín por darle la espalda a este juicio, por su ausencia bien marcada”.
Las penas impuestas por el Tribunal fueron en línea con las solicitadas el viernes pasado por los fiscales de la Unidad platense que interviene en crímenes de terrorismo de Estado, Hernán Schapiro y Juan Martín Nogueira. Las únicas diferencias estuvieron en las sentencias a Almirón y Esterlich (los fiscales habían pedido 23 y 19 años, respectivamente), y en la de Mastandrea, a quien habían solicitado una condena de 23 años.
"Hay que leer los fundamentos, para conocer las razones, porque lo único que de alguna manera se aparta de lo que pidió la fiscalía es la condena de Mastandrea", adelantó Schapiro. El fiscal general se manifestó "muy conforme con el fallo y con el juicio". "Fue un proceso diáfano. Para nosotros como fiscales fue muy gratificante el acompañamiento de las víctimas, que tuvieron una excelente consideración hacia la Fiscalía", destacó.
Los jueces, además, le dictaron prisión preventiva a Mastandrea, quien había llegado excarcelado a juicio y fue detenido al comienzo del debate por aplicación de la ley procesal que permite al tribunal aplicar esa medida para garantizar la presencia del acusado en juicio. Los magistrados también revocaron la prisión domiciliaria de Bracken, Almirón y Chiachietta, y confirmaron que Gómez Pola continuará la detención en su casa.
El veredicto, de 29 puntos, incluyó el resto de los requerimientos de la Fiscalía en su acusación del viernes: los jueces ordenaron solicitar a los poderes Ejecutivo provincial y nacional la exoneración de la Policía bonaerense y del Ejército de los siete condenados y a la suspensión del goce de toda jubilación, pensión o retiro; exhortaron a los poderes públicos a la instalación de sitios de memoria en los lugares donde funcionaron centros clandestinos de detención; comunicaron el fallo al Colegio Médico de la Provincia de Buenos Aires y a otros en los que estuviera inscripto Chiachietta, "a fin de que procedan de acuerdo con los mecanismos legales y reglamentarios pertinentes para la aplicación de las sanciones que correspondan"; y dispusieron la remisión de testimonios a la Fiscalía Federal de Junín para que investigue a otras personas mencionadas por las víctimas y testigos en las audiencias.
Además, el Tribunal dispuso la remisión a la instancia de instrucción del testimonio de una víctima para que se investiguen los delitos sexuales que denunció durante su declaración en el debate.
La lectura de los fundamentamos fue diferida para el próximo jueves 26 de febrero, en la sede del TOCF N°1, en La Plata.
Los hechos que llegaron a juicio -que afectaron a 24 víctimas- son parte de un circuito de represivo ilegal que estuvo compuesto por la comisaría 1ª de Junín, la Unidad N°13 del Servicio Penitenciario Provincial, que en aquella época estaba en construcción; el Destacamento o Puesto de Vigilancia de la localidad de Morse, que dependía de la comisaría 1ª de Junín, y la Unidad Regional VIII de la Policía bonaerense, que era la jefatura de las comisarías de la zona y fue sede de la delegación regional de la DIPBA.