La disposición fue adoptada por el juez correccional Jorge Cóppola y es por el término de sesenta días. También se aplicó una multa.
El titular del Juzgado Correccional Nro. 3 del Departamento Judicial Junín, doctor Jorge Cóppola dispuso la clausura de las instalaciones del Club Villa Talleres ubicado en calles Primera Junta y Siria por el término de 60 días en el marco de una causa caratulada "Infracción ley 13.470", la cual previene y reprime la "organización, explotación, y comercialización de juegos de azar, apuestas mutuas y/o actividades conexas, no autorizadas por la Autoridad de Aplicación".
El magistrado también aplicó una multa cerca a los dos mil pesos que los directivos que asumieron hace un mes la conducción de los destinos de la entidad -que ya se encuentra cercana al centenario de vida institucional- ya habrían abonado.
Asimismo, la mencionada ley establece que los datos de los infractores, como el caso del club, sean volcados en el “Registro de Infracciones al Régimen de Prevención y Represión del Juego de Azar Ilegal” y por lo cual el juzgado debió remitir testimonio de las sentencias firmes "en las que exista condena por infracción a la presente norma", según lo indicado por el artículo 16.
La causa se había iniciado el año pasado.
El titular del Juzgado Correccional Nro. 3 del Departamento Judicial Junín, doctor Jorge Cóppola dispuso la clausura de las instalaciones del Club Villa Talleres ubicado en calles Primera Junta y Siria por el término de 60 días en el marco de una causa caratulada "Infracción ley 13.470", la cual previene y reprime la "organización, explotación, y comercialización de juegos de azar, apuestas mutuas y/o actividades conexas, no autorizadas por la Autoridad de Aplicación".
El magistrado también aplicó una multa cerca a los dos mil pesos que los directivos que asumieron hace un mes la conducción de los destinos de la entidad -que ya se encuentra cercana al centenario de vida institucional- ya habrían abonado.
Asimismo, la mencionada ley establece que los datos de los infractores, como el caso del club, sean volcados en el “Registro de Infracciones al Régimen de Prevención y Represión del Juego de Azar Ilegal” y por lo cual el juzgado debió remitir testimonio de las sentencias firmes "en las que exista condena por infracción a la presente norma", según lo indicado por el artículo 16.
La causa se había iniciado el año pasado.